Condiciones generales del contrato de viajes combinado
A los efectos de las presentes Condiciones Generales, el programa folleto es el documento
informativo al que éstas se incorporan.
El programa/oferta es la descripción del viaje combinado contenida en el programa/folleto que
constituye el objeto del contrato de viaje combinado.
La información sobre el programa/oferta contenida en el programa/folleto es vinculante para el
organizador o detallista, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que los cambios en dicha información se hayan comunicado claramente por escrito al
consumidor antes de la celebración del contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa
mención en el programa oferta.
b) Que se produzcan posteriormente modificaciones, previo acuerdo por escrito entre las partes
contratantes.
- Regulación jurídica aplicable.
Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo
1/2007 de 16 de noviembre (BOE 287 de 30.11) y demás disposiciones vigentes y concordantes.
Las presentes Condiciones Generales se incorporarán, firmadas por las partes contratantes, a
todos los contratos de viajes combinados cuyo objeto sean los programas/oferta contenidos en el
programa/folleto y obligan a las partes, con las condiciones particulares que se pacten en el
contrato o que consten en la documentación del viaje facilitada simultáneamente a la
suscripción del contrato. - Organización.
La organización de estos viajes combinados ha sido realizada por HELLO AMERICA
TOURPERADOR ( VIAJES LLABRES SA ) , CIF. A-07455660 , con dirección en Francesc
Barceló i Combis 11ª , 07006 Palma de Mallorca, Baleares , , Título/Licencia 254 M/D - Precio
3.1 Precio del Viaje Combinado incluye
a) El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta
contratado, con el tipo de transporte, características y categoría que conste en el contrato o en la
documentación que se entrega al consumidor en el momento de suscribirla.
b) El alojamiento, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado, en el
establecimiento y con el régimen alimenticio que figura en el contrato o en la documentación
que se entrega al consumidor en el momento de suscribirlo.
c) La tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros y los impuestos indirectos –Impuesto
sobre el Valor Añadido (I.V.A.), cuando sean aplicables.
d) La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido en el
programa/ oferta contratado.
e) Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en el
programa/oferta contratado o que expresamente se haga constar en el contrato de viaje
combinado.
3.2. Revisión de precios.
El precio del viaje combinado ha sido calculado en base a los tipos de cambio, tarifas de
transporte, costes del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición
del programa/folleto o de las posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma
impresa.
Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio
final del viaje, tanto al alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones de precio
aludidas. Estas modificaciones serán notificadas al consumidor, por escrito o por cualquier
medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada, pudiendo, cuando la
modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje sin penalización alguna, o aceptar la
modificación del contrato.
En ningún caso, se revisará al alza en los veinte días anteriores a la fecha de salida del viaje,
respecto de solicitudes ya realizadas.
3.3. Ofertas especiales.
Cuando se realice la contratación del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales,
de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado en el programa/folleto, los
servicios comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican detalladamente
en la oferta, aún cuando, dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en
este folleto, siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de información
general del destino.
3.4. Exclusiones.
3.4.1.El precio del Viaje Combinado no incluyen.
Visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, propinas
en el caso de cruceros, “extras” tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales,
regímenes alimenticios especiales –ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media
pensión, salvo que expresamente se pacte en el contrato otra cosa -, lavado y planchado de ropa,
servicios de hotel opcionales, y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente
en el apartado “El precio del viaje combinado incluye” o no conste específicamente detallado en
el programa/oferta, en el contrato o en la documentación
que se entrega al consumidor a suscribirlo.
3.4.2. Excursiones o visitas facultativas.
En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente
que no forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación en el folleto tiene mero
carácter informativo y el precio está expresado con el indicativo “estimado”. Por ello, en el
momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes,
que alteren el precio estimado. Por otra parte, dichas excursiones serán
ofrecidas al consumidor con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma
independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización
de las mismas.
3.4.3. Viajes de nieve.
En los viajes de nieve, salvo indicación en contrario en el programa/folleto, no estarán incluidos
los remontes y cursillos de esquí.
3.4.4. Propinas.
Dentro del precio del viaje combinado tampoco están incluidas las propinas. En el caso de los
cruceros, en el precio del viaje no está incluida una aportación complementaria que usualmente,
aunque de forma errónea, suele denominarse propina, cuyo importe está en función de la
duración del viaje y que tiene como único destinatario al personal de servicio, respecto de la
cual al inicio del viaje se advierte al cliente que debe asumir el compromiso de entregar a la
finalización del viaje. - Documentación
PASAPORTES Y VISADOS
Los documentos tanto personales como familiares de todos los pasajeros (niños incluidos)
deberán estar en regla y el cliente habrá de comprobar que el pasaporte, visado o DNI son los
exigidos por la reglamentación del país que va a visitar (consulte en las embajadas y consulados
correspondientes). Serán por su cuenta la obtención del pasaporte o cualquier otro requisito
exigido.
Los ciudadanos de otras nacionalidades deberán consultar con las representaciones consulares u
organismos competentes los requisitos de entrada en cada país. En caso de ser rechazada por
alguna autoridad la documentación o sea denegada la entrada en el país por no cumplir los
requisitos que se exigen o por no poseer la misma, Hello America no será responsable de los
gastos adicionales ni hará devolución del precio del viaje. Los menores de 18 años deben llevar
un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser
solicitado por cualquier autoridad. Los menores y bebés deben llevar DNI y/o pasaporte,
además de otros documentos si fuera necesario (ej: visado).
DOCUMENTACIÓN DEL VIAJE En caso de extravío de documentación del viaje (bonos
de hotel, billetes aéreos, bonos de circuitos, etc.) por parte del cliente que ocasione pérdida de
servicios, Hello America no se hará cargo de los gastos ocasionados por una nueva reserva y
emisión ni de la devolución de los extraviados. - Forma de Pago. Inscripciones y Reembolsos.
En el acto de la inscripción, la Agencia podrá requerir un anticipo que en ningún caso será
superior al 40% del importe total del viaje, expidiendo el correspondiente recibo en el que se
especifique, además del importe anticipado por el consumidor, el viaje combinado solicitado.
El importe restante deberá abonarse contra la entrega de los bonos o documentación del viaje,
que deberá realizarse al menos siete días antes de la fecha de la salida.
De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá
que el consumidor desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas
en el apartado siguiente.
En el supuesto de que antes de la celebración del contrato el Organizador se vea imposibilitado
de prestar alguno de los servicios solicitados por el cliente (incluido el precio), deberá serle
comunicado a través de la Agencia Minorista al consumidor, el cual podrá renunciar a su
solicitud recuperando exclusivamente las cantidades anticipadas si las hubiere.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto, se formalizarán siempre a
través de la Agencia Detallista, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados
voluntariamente por el consumidor. - Desistimiento del Consumidor, Cesiones y Cancelación del viaje por no alcanzar el
número de personas inscritas el mínimo previsto.
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios solicitados o
contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se
trata del precio total como del anticipo previsto en el apartado precedente, pero deberá
indemnizar a la Agencia por los conceptos que a continuación se indican:
a) En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos de gestión, más los gastos de
anulación, si se hubieran producido estos últimos.
b) En el caso de viajes combinados y salvo que el desistimiento se produzca por causa de fuerza
mayor:
1) Los gastos de gestión más los gastos de anulación si los hubiere.
2) Una penalización, consistente en el 5% del total del viaje si el desistimiento se produce con
más de diez días y menos de quince de antelación a la fecha de comienzo del viaje; el 15% entre
los días 3 y 10, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores a la salida
De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a devolución alguna de la
cantidad abonada, salvo acuerdo entre las partes en otro sentido.
Se entenderán como causas de fuerza mayor, que eximirán al consumidor de su responsabilidad,
el fallecimiento, enfermedad grave o accidente del asegurado, cónyuge, hijos, padres o
hermanos.
En el caso de que algunos de los servicios contratados y anulados estuvieran sujetos a
condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques, tarifas
especiales, etc., los gastos de anulación por desistimiento se establecerán de acuerdo con las
condiciones acordadas por ambas partes. Para viajes de media distancia (hasta 2.500 kms), los
gastos de anulación serán de 270 euros. Para viajes de larga distancia (a partir de 2.500
kms), los gastos de anulación serán de 550 euros.
El consumidor del viaje combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona, solicitándolo
por escrito con quince días de antelación a la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes
pacten un plazo menor en el contrato.
El cesionario tendrá que reunir los mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con carácter
general para el viaje combinado, y ambos responderán solidariamente ante la Agencia de Viajes
del pago del precio del viaje y de los gastos adicionales justificados de la cesión.
En los casos que el Organizador condicione, y así lo especifique expresamente, la viabilidad de
la oferta de viaje combinado a contar con un mínimo de participantes (35 personas en viajes de
autocar y 20 personas en viajes aéreos) y por no alcanzarse ese número, se produzca la
anulación del viaje, el usuario tendrá derecho exclusivamente al reembolso del total del precio o
de las cantidades anticipadas, sin que pueda reclamar cantidad alguna en concepto de
indemnización, siempre y cuando la Agencia se lo haya notificado por escrito con un mínimo de
diez días de antelación a la fecha prevista de inicio del viaje - Alteraciones.
La Agencia de Viajes se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios
contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al contrato de viaje
combinado, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los
siguientes extremos:
a) En el supuesto de que, antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligado a modificar
de manera significativa algún elemento esencial del contrato, incluido el precio, deberá ponerlo
inmediatamente en conocimiento del consumidor, bien directamente, cuando actúe también como detallista, bien a través del respectivo detallista en los demás casos.
b) En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el consumidor podrá optar entre
resolver el contrato sin penalización alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se
precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio.
El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista o, en su caso, al
Organizador dentro de los tres días siguientes a ser notificado de la modificación a que se refiere
el apartado a).
En el supuesto de que el consumidor no notifique su decisión en los términos indicados, se
entenderá que opta por la resolución del contrato sin penalización alguna.
c) En el supuesto de que el consumidor opte por resolver el contrato, al amparo de lo previsto en
el apartado b), o de que el Organizador cancele el viaje combinado antes de la fecha de salida acordada, por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, éste tendrá derecho, desde el momento en que se produzca la resolución del contrato, al reembolso de todas las cantidades pagadas, con arreglo al mismo, o bien a la realización de otro viaje combinado de
calidad equivalente o superior, siempre que el Organizador o Detallista pueda proponérselo - Responsabilidad
8.1 General. La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje
combinado responderán frente al consumidor de forma solidaria, en función de las obligaciones
que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del
correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que
éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del
derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contras dichos prestadores
de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución
del viaje combinado. Los Organizadores y Detallistas responderán de los daños sufridos por el
consumidor como consecuencia de la falta de ejecución o ejecución deficiente
del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes
circunstancias:
Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones
previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas
circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no
habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador,
a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las
circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el Organizador y el Detallista que sean partes en el contrato de viajes combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.
8.2. Límites del resarcimiento por daños. En cuanto al límite del resarcimiento por los daños
que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje
combinado se estará a lo dispuesto en la normativa vigente que resulte de aplicación sobre la
materia. Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, estos deberán ser siempre
acreditados por el consumidor. En ningún caso la Agencia se responsabiliza de los gastos de
alojamiento, manutención, transporte, gastos derivados de retrasos en salidas o regresos, y otros
que se originen por causas de fuerza mayor.
Cuando el viaje se efectúe por cualquier medio de transporte terrestre contratado por la Agencia
Organizadores directa o indirectamente, en caso de accidente, cualquiera que sea el país donde
se produzca, el consumidor habrá de presentar la pertinente reclamación contra la entidad
transportista a fin de salvaguardar, en su caso, la indemnización del seguro de ésta, siendo
auxiliado y asesorado gratuitamente en sus gestiones por la Agencia Organizadora.
8.3. Responsabilidad de las aerolíneas:
El pasajero portador de su correspondiente billete aéreo podrá exigir directamente a la aerolínea
que le transporta, el cumplimiento de sus obligaciones en el supuesto de “overbooking”, graves
retrasos, perdida de equipaje, etc., de acuerdo con la normativa comunitaria de aplicación. - DELIMITACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL VIAJE COMBINADO.
9.1. Viajes en avión.
Presentación en el aeropuerto. En los viajes de avión, la presentación en el aeropuerto se
efectuará con un mínimo de antelación de hora y media sobre el horario oficial de salida, y en
todo caso se seguirán estrictamente las recomendaciones específicas que indique la
documentación del viaje facilitada al suscribir el contrato. En la contratación de servicios aéreos
independientes o sueltos, se recomienda que el cliente reconfirme con cuarenta y ocho horas de
antelación los horarios de salida de los vuelos. Los billetes, salvo que se disponga otra cosa en
el contrato, se emitirán en formato de billete electrónico.
Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo soporte documental sea un solo
cupón de vuelo, con independencia de que el vuelo realice alguna parada técnica
9.2. Hoteles.
9.2.1. General. La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá
determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente
de su país. En caso de no haberla, la categoría de los hoteles se realiza en estrellas sobre la base
de criterios comunes al sector hotelero en base a sus servicios e instalaciones, y con mero
carácter orientativo. Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de
habitaciones individuales y dobles permitiendo que en alguna de estas últimas pueda habilitarse
una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el
conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación, y así figurará reflejada
la habitación como triple en todos los impresos de reservas facilitados al consumidor al abonar
el anticipo, en el contrato y los billetes y/o documentación del viaje que se entrega
simultáneamente a la firma del mismo. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso
de hasta cuatro personas, con dos camas, cuando así se especifique en la oferta del
programa/folleto. En algunos casos hay posibilidad de habilitar cunas, que deberán ser
solicitadas por los clientes antes de perfeccionarse el contrato y que salvo expresa mención, no
están incluidas en el precio. El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles
determinara el primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar.
Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa en el contrato, las
habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 15 horas del día de llegada y deberán quedar
libres antes de las 12 horas del día de salida. Cuando el servicio contratado no incluya el
acompañamiento permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su llegada al
hotel o apartamento reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, el consumidor deberá,
a fin de evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación posible
tal circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel o a los apartamentos directamente, según
los casos. Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la reserva, la
posibilidad de llevar animales, pues en general no son admitidos en los hoteles y apartamentos,
debiendo en todo caso hacerse constar expresamente en el contrato.
Se entenderá que el servicio de alojamiento de hotel ha estado disponible para el cliente en la
noche correspondiente, con independencia de que, por circunstancias propias del viaje
combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto.
9.2.2. Otros servicios. En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las
12.00 horas, el primer servicio del hotel, cuando esté incluido en la oferta del programa/folleto,
será la cena. Igualmente, en los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las
19.00 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento.
En ciertos casos y debido a la hora temprana de un traslado al aeropuerto o viceversa, cabe la
posibilidad de que no pueda usarse el servicio de desayuno, almuerzo o cena el día de dicho
traslado, lo que no dará derecho a reembolso
9.2.3. Servicios Complementarios.
Cuando los usuarios soliciten servicios suplementarios (por ejemplo habitación vista al mar,
etc.) que no les puedan ser confirmados definitivamente por la Agencia Organizadora, antes del
inicio del viaje, el usuario podrá optar por desistir definitivamente del servicio suplementario
solicitado o mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan finalmente serle
prestados.
En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo del precio de los servicios
suplementarios que finalmente no le puedan ser prestados al consumidor y usuario, el importe
abonado le será reembolsado por la Agencia Detallista inmediatamente al regreso del viaje.
9.3. Circuitos.
En los circuitos comprendidos en el programa/ folleto, el servicio de alojamiento se prestará en
alguno de los establecimientos relacionados en el programa/folleto o en otro igual categoría y
zona; el itinerario del circuito podrá ser desarrollado según alguna de las opciones descritas
asimismo en el programa/oferta. En los casos anteriores, si el consumidor acepta dicha fórmula
previamente a la celebración del contrato, dicha indefinición no supondrá modificación del
mismo.
En los circuitos, los autocares pueden variar en sus características en función del número de
participantes. Si en alguna salida no se llega a un número suficiente de viajeros, es posible que
utilice un minibús, monovolumen o similar, que, salvo indicación expresa en contrato, no tienen
los asientos reclinables. Asimismo, en la descripción de cada circuito esta indicado si el autocar
posee o no aire acondicionado, entendiéndose que no lo tiene si nada se indica. El transporte en
los parques naturales para la realización de safaris fotográficos se efectúa en vehículos de escasa
capacidad o todo-terreno característicos de cada país. En todos los casos anteriores el diseño,
estructura, confort y seguridad del vehículo de transporte puede no adaptarse a las normas y
estándares españoles, sino a los que son propios del país de destino del viaje
9.4. Condiciones económicas especiales para niños.
Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los niños, dependiendo de su edad, del proveedor
de servicios y de la fecha del viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las
condiciones especiales que existan y que en cada momento serán objeto de información
concreta y detallada y se recogerá en el contrato o en la documentación del viaje que se entregue
en el momento de su firma. En general, en cuanto al alojamiento, serán aplicables siempre que
el niño comparta la habitación con dos adultos.
En lo referente a viajes y estancias de menores en el extranjero se estará a la información
facilitada puntualmente para cada caso y a lo que conste en el contrato o en la documentación
del viaje que se entregue al suscribirlo.
